El Consejo Consultivo es un órgano colegiado de opinión sobre el desempeño del Organismo y entre sus funciones se encuentra; proponer mecanismos y programas que contribuyan al respeto, defensa, protección, promoción, estudio, investigación y divulgación de los derechos humanos.

El Consejo Consultivo deberá estar integrado por una presidenta o presidente, una secretaria o secretario técnico y cinco personas consejeras ciudadanas, de las cuales, una será de extracción indígena, y durarán en su cargo tres años, con posibilidad de reelegirse por una sola ocasión y por igual periodo.

Las personas consejeras ciudadanas son designadas por la Legislatura del Estado de México, por el voto de las dos terceras partes de sus integrantes o, en sus recesos, por la Diputación Permanente.