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No. 01, martes, 02 de enero de 2024


EMITE LA CODHEM RECOMENDACIÓN A LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD ESTATAL, CONTROL PENITENCIARIO Y A LA DIRECCIÓN DE PREVENCIÓN Y REINSERCIÓN SOCIAL POR VULNERAR DERECHOS DE PPLN

• En el CPRS de Almoloya de Juárez se registraron los hechos que afectaron los derechos a una estancia digna y segura, a la integridad y seguridad personal, así como a la adecuada reinserción social de una PPL.

Toluca, Estado de México, 2 de enero de 2024.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) emitió la Recomendación 08/2023 al Secretario de Seguridad del Estado de México, al Subsecretario de Control Penitenciario y al Director General de Prevención y Reinserción Social del Estado de México, por la vulneración a los derechos de una persona privada de la libertad (PPL) a una estancia digna y segura, a la integridad y seguridad personal, así como a una adecuada reinserción social.

Durante la investigación del expediente, el personal del Organismo Defensor obtuvo dos versiones de los hechos que derivaron en la recomendación, ya que, por una parte, el afectado señaló que durante su estancia en el Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Almoloya de Juárez, en marzo de 2022 mientras realizaba artesanías, otra PPL le avisó que lo buscaban para el pase de lista. Explicó que al llegar a la celda, dos elementos de custodia cruzaron palabras con él, pero uno de ellos lo sujetó de la cabeza y golpeó contra los barrotes, dejándolo inconsciente hasta que despertó en el hospital; derivado de las lesiones, hasta la fecha tiene secuelas.

La segunda versión indica que un custodio realizaba un rondín y observó que la víctima estaba peleando con otro interno, por tanto, al separarlos, los elementos de seguridad penitenciaria advirtieron que tenía lesiones graves, que ameritaron su traslado al hospital; por dicha pelea el lesionado fue sancionado por el Comité Técnico del CPRS.

Tras una exhaustiva investigación y entrevistas, el Organismo Defensor determinó vulneraciones al derecho a una estancia digna y segura, porque el Estado tiene la guarda y custodia de las personas recluidas, por tanto, la falta de garantía por omisiones derivadas de la inadecuada custodia y las condiciones perniciosas al interior del centro penitenciario de Almoloya de Juárez pusieron en riesgo la integridad de la víctima.

También fue vulnerado su derecho a la integridad y seguridad personal, ya que al ingresar al Penal no tenía alguna afectación física, sin embargo, las lesiones que recibió le causaron secuelas permanentes que lo dejaron en silla de ruedas, además de limitaciones en visión y audición, aunado a la afectación a su derecho a una adecuada y cuando alguien ingresa a un CPRS sin alteraciones físicas y psicológicas debe ser liberado en las mismas condiciones y no en un estado inferior al que tenía, es decir, debe presentar una mejora física y emocional para reinsertarse en la sociedad, pero en este caso, es todo lo contrario.

Por estos hechos la CODHEM estableció los puntos recomendatorios:

 

–           Brindar atención psicológica o psiquiátrica a la víctima y su núcleo familiar primario.

–           Brindar atención médica especializada a la víctima para intentar regresar su salud a su estado original.

–           La autoridad responsable debe inscribirlo en el Registro Estatal de Víctimas, para que acceda a los beneficios de dicho programa.

–           Trasladar a la PPL a otro centro penitenciario, en el que procuren su estancia digna y segura.

–           Dar capacitación continua y formativa en materia de detección, atención y sanción en materia de corrupción, así como en derechos humanos por medio de herramientas tecnológicas.

–           Perfeccionar la investigación penal iniciada por los hechos que motivaron la Recomendación.

–           Iniciar las investigaciones penales y administrativas correspondientes, para determinar responsabilidades por los hechos suscitados.

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