La república mexicana posee una riqueza cultural muy basta, esto se refleja en los pueblos originarios, que permean en la sociedad a través de sus tradiciones, costumbres, gastronomía e historia, lo cual es base para el desarrollo y la evolución social, cultural y económica de esta nación, por ello es vital preservar el conocimiento que yace en ellos.
Es necesario reconocer y resguardar sus derechos humanos en lo individual, y también en lo colectivo, ya que es importante la protección de su entorno, lenguaje y prácticas socio-culturales, económicas y políticas; sin que esto se contraponga con lo estipulado en el marco jurídico nacional.
Histórica y socialmente, son uno de los grupos vulnerables que han sufrido situaciones de discriminación e inequidad, por ello, se debe trabajar en elaborar una legislación y unas políticas públicas, asignar los recursos para su beneficio, generar más programas y proyectos en los tres niveles de gobierno; con esto se lograra su inclusión en el entramado social de México.
Los derechos humanos de los pueblos indígenas están reconocidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo segundo que:
La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.
Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.
El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico.” (…)
Por lo antes mencionado, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México ha desarrollado el micrositio “Cultura de los pueblos originarios de México” y busca que sea una herramienta que fortalezca la promoción y la difusión de los derechos humanos de los pueblos indígenas; el sitio está integrado por varios módulos, en éstos se encuentran: la bibliografía de mujeres y hombres que realizaron acciones en beneficio de estos pueblos, la compilación de los diversos instrumentos jurídicos internacionales, nacionales y locales, videos que explican qué son los derechos humanos y cuáles son de los pueblos indígenas, un mapa de la república mexicana en donde se presentan las estadísticas de cada estado, así como el número de personas hablantes de las lenguas indígenas y algunos otros datos, los enlaces de instituciones nacionales y estatales que trabajan especialmente para los indígenas, un panorama general de los cinco grupos indígenas que tiene presencia en el Estado de México y un apartado de publicaciones, en el que por medio de un buscador, se pueden visualizar los artículos que se han incluido en las publicaciones del Organismo.
El respeto de la vida es la vida misma. Ser indígena debe ser un orgullo. Defender y dar a conocer sus derechos es compromiso del Estado mexicano.
La república mexicana posee una riqueza cultural muy basta, esto se refleja en los pueblos originarios, que permean en la sociedad a través de sus tradiciones, costumbres, gastronomía e historia, lo cual es base para el desarrollo y la evolución social, cultural y económica de esta nación, por ello es vital preservar el conocimiento que yace en ellos.
Es necesario reconocer y resguardar sus derechos humanos en lo individual, y también en lo colectivo, ya que es importante la protección de su entorno, lenguaje y prácticas socio-culturales, económicas y políticas; sin que esto se contraponga con lo estipulado en el marco jurídico nacional.
Histórica y socialmente, son uno de los grupos vulnerables que han sufrido situaciones de discriminación e inequidad, por ello, se debe trabajar en elaborar una legislación y unas políticas públicas, asignar los recursos para su beneficio, generar más programas y proyectos en los tres niveles de gobierno; con esto se lograra su inclusión en el entramado social de México.
Los derechos humanos de los pueblos indígenas están reconocidos en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo segundo que:
La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
La conciencia de su identidad indígena deberá ser criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas.
Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, aquellas que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en un territorio y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.
El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional. El reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las constituciones y leyes de las entidades federativas, las que deberán tomar en cuenta, además de los principios generales establecidos en los párrafos anteriores de este artículo, criterios etnolingüísticos y de asentamiento físico.” (…)
Por lo antes mencionado, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México ha desarrollado el micrositio “Cultura de los pueblos originarios de México” y busca que sea una herramienta que fortalezca la promoción y la difusión de los derechos humanos de los pueblos indígenas; el sitio está integrado por varios módulos, en éstos se encuentran: la bibliografía de mujeres y hombres que realizaron acciones en beneficio de estos pueblos, la compilación de los diversos instrumentos jurídicos internacionales, nacionales y locales, videos que explican qué son los derechos humanos y cuales son de los pueblos indígenas, un mapa de la república mexicana en donde se presentan las estadísticas de cada estado, así como el número de personas hablantes de las lenguas indígenas y algunos otros datos, los enlaces de instituciones nacionales y estatales que trabajan especialmente para los indígenas, un panorama general de los cinco grupos indígenas que tiene presencia en el Estado de México y un apartado de publicaciones, en el que por medio de un buscador, se pueden visualizar los artículos que se han incluido en las publicaciones del Organismo.
El respeto de la vida es la vida misma. Ser indígena debe ser un orgullo. Defender y dar a conocer sus derechos es compromiso del Estado mexicano.