No. 073 lunes 01 de abril de 2019
EMITE CODHEM RECOMENDACIÓN AL ISSEMYM POR NEGLIGENCIA MÉDICA QUE DERIVÓ EN LA MUERTE DE PACIENTE
• El organismo pidió entregar disculpa institucional por escrito y personalmente a la madre de la víctima.
• La institución de salud debe generar un mecanismo que permita priorizar la atención quirúrgica de pacientes de urgencias.
Toluca, Estado de México; 1 de abril de 2019.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) dirigió la Recomendación 3/2019 al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMYM), por negligencia médica y violación del derecho a la accesibilidad a los servicios de salud, que provocaron la muerte de un paciente.
La máxima autoridad del instituto debe entregar una disculpa institucional por escrito y personalmente a la madre de la víctima, donde reconocerá los hechos y la aceptación de responsabilidades por los actos documentados, acción que debe realizarse en un acto atestiguado por un representante de la Codhem.
La investigación de la Codhem derivó de la nota publicada en un periódico de circulación estatal donde se denunció la supuesta negligencia; y días después la madre de la víctima presentó un escrito de queja, en la que argumentó que su hijo fue hospitalizado durante 12 horas en el Centro Médico ISSEMYM “Arturo Montiel Rojas” a causa de fiebre y dolor abdominal, sin que un médico se presentara a valorar su estado de salud.
En la relatoría de hechos se consignó que el doctor responsable de la atención del paciente no asistió a trabajar varios días por lo que la madre de la víctima tuvo que solicitar autorización a los directivos para que otra autoridad del hospital programara la intervención quirúrgica que requería, misma que no se llevó a cabo por no ser considerada de urgencia y tampoco se otorgó quirófano, a pesar de solicitarse en varias ocasiones por distintos médicos. El paciente murió dos días después.
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En ese sentido, la Codhem expresó su preocupación de que en las instituciones de salud como el ISSEMYM, se carezca de criterios para priorizar la atención de los pacientes de urgencias, pues en este caso estaba plenamente justificada la intervención quirúrgica; por tanto, se transgredió el derecho a la accesibilidad a los servicios de salud.
Entre los puntos recomendatorios destaca que el ISSEMYM debe brindar atención médica, psicológica o tanatológica a la madre de la víctima e inscribir al joven fallecido en el Registro Estatal de Víctimas del Estado de México, para acceder a los derechos y garantías establecidas para dicho sector y al Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral; así como remitir al órgano interno de control y a la Fiscalía General de Justicia estatal, copia certificada de la Recomendación para que investigue la probable responsabilidad penal en que incurrieron los dos médicos involucrados, todo ello, en un plazo no mayor a 15 días, contados a partir de la aceptación del documento.
El instituto debe generar también un mecanismo que permita priorizar la atención quirúrgica de pacientes de urgencias, difundir circulares para instruir al personal sobre las prácticas médicas en determinados padecimientos; y programar cursos de capacitación en materia de derechos humanos.