I.
Marco Legal
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Ordenamientos Legales Abrogados |
• Ley
que crea la Comisión de Derechos Humanos del Estado
de Mexico; abrogada en términos de lo dispuesto por el artículo segundo transitorio de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México que a la letra dice:
ARTÍCULO SEGUNDO. La Ley que crea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 20 de octubre de 1992, será abrogada al entrar en vigor la presente Ley.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Los procedimientos y trámites iniciados conforme a las disposiciones de la Ley que crea la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, se sustanciarán y resolverán conforme a la misma; y en lo que fuere procedente, y resulte en beneficio de los interesados, serán aplicables los preceptos de la presente Ley y los lineamientos o disposiciones que determine el Consejo Consultivo.
• Reglamento
Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado
de México publicado en la "Gaceta de Gobierno" el 20 de enero de 1993; abrogado en términos de lo dispuesto por el artículo tercero transitorio del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, publicado en la “Gaceta del Gobierno “ el 31 de octubre del año 2007 que a la letra dice:
TERCERO. Se abroga el Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, publicado en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, el 20 de enero de 1993.
CUARTO. Los procedimientos de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, que se encuentren en trámite al entrar en vigor este Reglamento, se decidirán conforme a las disposiciones legales contenidas en el Reglamento que se abroga.
Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México publicado en la "Gaceta de Gobierno" el 31 de octubre de 2007; abrogado en términos de lo dispuesto por el artículo segundo transitorio del Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, publicado en la “Gaceta del Gobierno“, el 14 de abril del año 2007 que a la letra dice:
ARTÍCULO SEGUNDO. El Reglamento Interno de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 31 de octubre de 2007, será abrogado al entrar en vigor el presente ordenamiento.
ARTÍCULO CUARTO. Los procedimientos y trámites iniciados conforme a las disposiciones del Reglamento abrogado, se sustanciarán y resolverán de acuerdo al mismo; y en lo que fuere procedente, y resulte en beneficio de los interesados, serán aplicables los preceptos contenidos en el presente Reglamento Interno.
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